Contribuyentes Especiales

Debido a la insistencia sobre aclarar quienes son contribuyentes especiales, y solicitudes que he recibido en mi correo privado; a continuación dejo parte de los requisitos que deben llenar dichos contribuyentes para que puedan ser clasificados como especiales.
.
Es importante señalar que dichos requisitos no son exclusivos, ya que estos forman parte de los estudios que lleva a cabo la SAT para poder clasificar a un contribuyente especial los requisititos que se enumeran, han sido obtenidos de charlas recibidas, opiniones de otros profesionales y/o notificaciones efectuadas por SAT; si por cualquier razón existiera alguna equivocación y/o discrepancia, agradeceré se haga el señalamiento necesario para proceder a efectuar la corrección o correcciones necesarias.
.
De conformidad con las definiciones que se encuentran en el portal de la SAT letra “C” encontramos como contribuyentes las siguientes:
.

“Contribuyente: El obligado al pago de las contribuciones. Persona natural o jurídica a quien la ley impone la carga tributaria derivada del hecho imponible. La traslación del impuesto a  otras personas no determina la pérdida de la condición de contribuyente, que concurre en quien según la ley debe soportar la carga tributaria.

.
Contribuyente: Toda persona individual o jurídica, incluyendo al Estado y sus entidades descentralizadas o autónomas, las copropiedades, sociedades irregulares, sociedades de hecho y demás entes aún cuando no tengan personalidad jurídica, que realicen en el territorio nacional, en forma habitual o periódica, actos gravados de conformidad con las leyes tributarias.
.
Contribuyentes Especiales: Segmento de contribuyentes, cuyo número es reducido, que reportan los mayores o más grandes activos, los mayores volúmenes de ingresos y teóricamente las mayores contribuciones. En otros países se les denomina grandes contribuyentes.”
.
De acuerdo a estudios de la SAT, se consideran contribuyentes especiales los que llenan entre otros requisitos conocidos los siguientes:
.
1. Facturación anual de Q. 10,000,000.00
2. Fueron notificados por la SAT como Agentes de Retención del IVA.
3. Estan inscritos de conformidad con el Decreto 29-89 (Maquila)
4. Estan inscritos de conformidad con el Decreto 65-89 (Zonas Francas)
.
Cabe aclarar que no son solamente estos los requisitos, ya que como dije anteriormente, la SAT hace estudios específicos sobre el contribuyente para poder clasificarlo como contribuyente especial.
.
Adicionalmente a estos requisitos, es fundamental que la SAT haya notificado y autorizado por escrito, en donde hace constar que es contribuyente Especial y también señala quién será el asesor dentro de la SAT, en caso que el contribuyente tenga dudas. 
.
Escrito en Auditoria. Etiquetas: . 4 Comentarios »

4 comentarios para “Contribuyentes Especiales”

  1. Hugo R. González B. Dice:

    Hola Juan Pablo:
    Gracias por la visita al blog.
    Respecto a la ampliación de tipo de contribuyentes, sugiero hacer la pregunta directamente a la SAT, ya que como dije en el artículo, estos (Contribuyentes) variaran de acuerdo a los estudios que haga la Institución.
    Respecto a la obligatoriedad de los Estados Financieros, aunque no fueron solicitados por dicha Institución, estamos en la obligación de efectuarlos, para soportar la Declaración Jurada Anual y ademas poderlos asentar en los libros correspondientes.
    Saludos

  2. Juan Pablo Paniagua Dice:

    Yo también estoy interesado en saber quienes son contribuyentes medianos especiales, agrego otra interrorante recientemente estos contribuyentes fueron incluidos en el reten IVA; será ¿Qué tendran obligación de presentar Estados Financieros Auditados, también al igual que los contribuyentes grandes?

  3. Edgar Hernandez Dice:

    felicitaciones por este espacio tan útil.
    quisiera molestarlo si me pudiera ayudar para saber como se puede operar contablemente los retiros en efectivo por parte del propietario inscrito en el regimen general Optativo del ISR .

    muchas gracias por su apoyo.

  4. Ronny Flores Dice:

    Felicitaciones por sus comentarios, publicaciones,blogs, creo que son de mucha utilidad para las personas que trabajamos en contabilidad, mil gracias por sus aportes, y esfuerzo que Dios les bendiga.

    Saludos

    Ronny Flores
    Contador


Los comentarios están cerrados