Descuento Boleto de ornato

Feliz inicio de semana a todos los seguidores de este espacio, a quienes han preguntado por correo privado si es obligación descontar el boleto, antes que nada, gracias por la confianza depositada, y me permito indicarles que de acuerdo al Decreto 121-96 y específicamente los artículos 2 y 7, ahí estipula como debe procederse y específicamente en el artículo 7 los valores que deben descontarse por concepto de Boleto de ornato y de acuerdo a los ingresos de cada uno de los empleados.

Asimismo me permito informarle que otros colegas ya han escrito y explicado ampliamente sobre cómo debe procederse en estos casos, así que aquí les dejo el enlace correspondiente en donde está más ampliamente explicado.

También les dejo la ampliación sobre este mismo tema en este otro enlace en donde inclusive está la historia u origen del mismo.
Cualquier duda, ampliación, o comentario, favor de dejarlo en el espacio correspondiente.

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